Nueva línea Cinta Azul Mission Carb Balance
Comé Sin Rollo

Así debe verse la foto

  • El comercio
  • La fecha
  • El número de factura
  • Los productos

Tiquete completo, derecho y sin sombras.

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Una invitación para aprender a comer sin rollo

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Una invitación para aprender a comer sin rollo

Reglamento oficial de la promoción «Comé Sin Rollo»

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La promoción «Comé Sin Rollo» (en adelante, «la Promoción») se rige por el presente reglamento. Por el solo hecho de registrarse, la persona participante declara conocer y aceptar de forma incondicional todas y cada una de sus cláusulas, incluidas las que limitan la responsabilidad del Organizador, y se somete a las decisiones que este adopte en cualquier asunto relacionado con la Promoción, conforme a la Ley N.º 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y a su Reglamento, Decreto Ejecutivo N.º 37899-MEIC.

Cláusula 1. Del Organizador

La Promoción es organizada por [razón social del organizador], cédula de persona jurídica número [número], con domicilio en [dirección], titular o licenciataria en Costa Rica de la marca Cinta Azul, en conjunto con [razón social], titular o licenciataria de la marca Mission Carb Balance (en adelante y de forma conjunta, «el Organizador»). El Organizador podrá apoyarse en agencias de publicidad, promoción y tecnología para la ejecución de la Promoción, las cuales actúan por cuenta de este.

Cláusula 2. Definiciones

  1. Participante: persona física que cumple los requisitos de la cláusula 4 y completa el registro descrito en la cláusula 6.
  2. Productos Participantes: los productos de la nueva línea Cinta Azul y las tortillas Mission Carb Balance identificados en la publicidad de la Promoción.
  3. Puntos de Venta: las tiendas físicas de Automercado («Tienda Automercado») y su canal de compra en línea («Automercado en Línea»), en el territorio de Costa Rica.
  4. Sitio: la página web cintaazul.creandoandocr.com, donde se realiza el registro y se publica este reglamento.
  5. Registro: cada formulario completado de forma válida en el Sitio, asociado a una factura de compra.
  6. Premio: la invitación descrita en la cláusula 7.
  7. Persona Ganadora: Participante seleccionada conforme a la cláusula 8 que cumple con las condiciones de reclamo de la cláusula 9.

Cláusula 3. Del ámbito territorial y la vigencia

La Promoción aplica únicamente en el territorio de la República de Costa Rica. Estará vigente desde las 00:00 horas del [día] de [mes] de 2026 hasta las 23:59 horas del [día] de [mes] de 2026, ambas fechas inclusive. Solo participan las compras realizadas y los Registros completados dentro de ese plazo. El Organizador podrá prorrogar la vigencia comunicándolo por los mismos medios por los que se divulgó la Promoción.

Cláusula 4. De las personas participantes

Pueden participar las personas físicas mayores de dieciocho años, residentes en Costa Rica, que cuenten con cédula de identidad, DIMEX o pasaporte vigente. No pueden participar, y de hacerlo su Registro será nulo: (i) el personal del Organizador y de sus empresas relacionadas; (ii) el personal de las agencias de publicidad, promoción y tecnología vinculadas a la Promoción; (iii) el personal de los Puntos de Venta que intervenga en la ejecución de la Promoción; y (iv) los cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de las personas indicadas.

Cláusula 5. De los productos participantes y puntos de venta

Participan las compras de uno o más Productos Participantes realizadas en los Puntos de Venta durante la vigencia. Las compras en otros establecimientos, las compras de otros productos y las facturas emitidas fuera de la vigencia no dan derecho a participar. El Organizador no garantiza la disponibilidad de los Productos Participantes en todos los Puntos de Venta ni en todo momento.

Cláusula 6. De la mecánica de participación

  1. Comprar al menos un Producto Participante en un Punto de Venta durante la vigencia y conservar la factura original.
  2. Ingresar al Sitio y completar el formulario con nombre completo, número de identificación, teléfono, correo electrónico y Punto de Venta, y adjuntar una fotografía legible de la factura de compra, en la que se aprecien el establecimiento, la fecha, el número de factura y los Productos Participantes.
  3. Leer y aceptar este reglamento marcando la casilla correspondiente.

Cada factura genera un único Registro. Una misma persona puede participar con tantas facturas distintas como compras realice. El sistema rechaza los Registros duplicados, los que tengan datos incompletos y los que no incluyan la fotografía de la factura. Las fotografías ilegibles, incompletas, alteradas o que no correspondan a Productos Participantes invalidan el Registro. La persona participante es la única responsable de la veracidad y exactitud de la información que registra; los datos incorrectos que impidan contactarla o verificar su compra implican la pérdida del derecho al Premio. La participación es gratuita y no está condicionada a ningún pago adicional al precio de los Productos Participantes.

Cláusula 7. Del premio

Se otorgarán doce (12) premios, cada uno consistente en: (i) una invitación individual para asistir a una clase de jumping organizada por el Organizador (en adelante, «la Clase»); y (ii) un kit de Productos Participantes, cuya composición y cantidades determinará el Organizador a su exclusivo criterio y que se entregará durante la Clase. La Clase es un evento único y exclusivo, que se realizará en la fecha, hora y lugar que el Organizador determine y comunique a las Personas Ganadoras con al menos [cinco] días naturales de anticipación. El valor estimado de cada premio, invitación y kit incluidos, es de [₡ monto].

El Premio comprende únicamente el acceso y la participación en la Clase y el kit de Productos Participantes, junto con los obsequios adicionales que el Organizador decida entregar durante el evento. El kit se entrega únicamente a quien asista a la Clase; no se envía ni se entrega por separado. El Premio es personal e intransferible, no es canjeable por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios, no es acumulable con otras promociones y no admite reprogramación individual. No se permiten acompañantes salvo autorización expresa y escrita del Organizador. Si la Persona Ganadora no asiste en la fecha y hora indicadas, por cualquier motivo, el Premio se tendrá por renunciado sin derecho a compensación ni reclamo alguno.

Cláusula 8. De la selección de las personas ganadoras

La selección se realizará el [día] de [mes] de 2026, mediante un sistema de escogencia aleatoria entre todos los Registros válidos recibidos durante la vigencia. En cumplimiento del artículo 59 del Decreto Ejecutivo N.º 37899-MEIC, el acto se llevará a cabo ante notario público, o bien se hará constar mediante declaración jurada de un representante del Organizador que indique la fecha, los datos de las personas favorecidas, la forma en que se realizó la escogencia, el detalle del Premio y el procedimiento de entrega.

Se seleccionarán doce (12) Personas Ganadoras y doce (12) suplentes en orden de escogencia. Los suplentes accederán al Premio, en el orden en que fueron seleccionados, únicamente cuando una Persona Ganadora no cumpla con los requisitos de este reglamento, no pueda ser contactada o no confirme conforme a la cláusula 9. Si el número de Registros válidos fuera insuficiente, el Organizador podrá declarar total o parcialmente desierta la selección.

Cláusula 9. De la notificación, verificación y reclamo del premio

El Organizador contactará a cada Persona Ganadora por el teléfono y el correo electrónico indicados en su Registro, realizando hasta tres (3) intentos en un plazo de dos (2) días hábiles. La Persona Ganadora deberá confirmar su aceptación dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al primer contacto efectivo y acreditar, cuando el Organizador lo solicite, su identidad con documento vigente y la factura original cuyos datos coincidan con la fotografía adjunta al Registro. Si no confirma en plazo, no acredita lo anterior o rechaza el Premio, este pasará al suplente que corresponda.

Los nombres de las Personas Ganadoras se publicarán en el Sitio y en los mismos medios por los que se divulgó la Promoción. Para consultas o para reclamar el Premio, la persona de contacto del Organizador es [nombre], correo [correo electrónico], teléfono [número], en [dirección u oficina], de lunes a viernes de [horario].

Cláusula 10. De las condiciones de asistencia a la Clase

La Persona Ganadora deberá presentarse por sus propios medios en el lugar, fecha y hora indicados, portar su documento de identidad, seguir las instrucciones del personal instructor y del Organizador y usar la indumentaria adecuada para la actividad física. El Organizador podrá negar el acceso o retirar de la actividad, sin responsabilidad alguna, a quien se presente en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias, incumpla las instrucciones de seguridad o ponga en riesgo su integridad o la de terceros. No se admite el ingreso de personas menores de edad.

Cláusula 11. De lo que no incluye el premio

El Premio no incluye ni cubre, en ningún caso, gastos de transporte, viáticos, alimentación, hospedaje, seguros, indumentaria, equipo, ni ningún otro gasto o bien no descrito expresamente en la cláusula 7. Todo costo asociado al traslado y a la asistencia a la Clase corre por cuenta exclusiva de la Persona Ganadora. Cualquier tributo que llegara a gravar el Premio será asumido por quien lo reciba, conforme a la legislación vigente.

Cláusula 12. De la responsabilidad y su limitación

La responsabilidad del Organizador se limita a la entrega del Premio en los términos de este reglamento. El Organizador no asume responsabilidad alguna por situaciones no previstas en este reglamento ni, en particular, por: (i) fallas de conectividad, de telecomunicaciones o del Sitio que impidan o retrasen el Registro; (ii) Registros no recibidos, incompletos, duplicados o con datos erróneos; (iii) hechos de terceros, caso fortuito o fuerza mayor; (iv) el uso o disfrute que la Persona Ganadora haga del Premio; y (v) las condiciones de salud preexistentes o la conducta de la Persona Ganadora durante la Clase.

La participación en la Clase es voluntaria y supone la realización de ejercicio físico de intensidad moderada a alta. Al aceptar el Premio, la Persona Ganadora declara bajo su responsabilidad que se encuentra en condiciones físicas aptas para realizar la actividad, que no padece condiciones que la contraindiquen y que asume los riesgos propios e inherentes a ella; en consecuencia, libera al Organizador, a sus empresas relacionadas, a sus agencias y al establecimiento sede de toda responsabilidad por lesiones, daños o pérdidas derivados de su propia condición física, de su conducta o del incumplimiento de las instrucciones recibidas, en la máxima medida permitida por la legislación costarricense. Nada de lo dispuesto en este reglamento limita los derechos irrenunciables que la Ley N.º 7472 reconoce a las personas consumidoras.

Cláusula 13. De la autorización de uso de nombre e imagen

Con el fin de hacer público el resultado de la Promoción, las Personas Ganadoras autorizan al Organizador a utilizar su nombre, voz e imagen, captados durante la entrega del Premio y la Clase, en publicaciones, redes sociales, sitios web y demás material de divulgación relacionado con la Promoción, en Costa Rica y en el extranjero, por un plazo de [doce (12)] meses contados desde la fecha de la Clase, sin que ello genere derecho a remuneración o compensación alguna. La autorización puede revocarse para lo futuro mediante comunicación escrita al correo indicado en la cláusula 9.

Cláusula 14. De la protección de datos personales

El Organizador es responsable del tratamiento de los datos personales recabados en el Registro, conforme a la Ley N.º 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, y su Reglamento. Los datos se recopilan con el consentimiento informado de la persona participante y se utilizarán únicamente para administrar la Promoción, verificar las participaciones, seleccionar y contactar a las Personas Ganadoras, publicar los resultados y cumplir obligaciones legales. No se utilizarán para el envío de comunicaciones comerciales salvo consentimiento expreso y separado de la persona titular.

Los datos y las fotografías de las facturas se almacenan en servidores de proveedores tecnológicos que actúan como encargados del tratamiento bajo obligaciones de confidencialidad y seguridad, y se conservarán hasta [seis (6)] meses después de la finalización de la Promoción, salvo que una obligación legal exija un plazo mayor, tras lo cual serán eliminados. La persona titular puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión escribiendo al correo indicado en la cláusula 9. Brindar los datos solicitados en el formulario es requisito indispensable para participar.

Cláusula 15. De la descalificación y el fraude

El Organizador podrá anular, en cualquier momento y sin responsabilidad, los Registros que contengan datos falsos, incompletos o de terceros, los que se realicen mediante medios automatizados, programas o cuentas múltiples, los asociados a facturas alteradas, reutilizadas o que no correspondan a Productos Participantes, y en general cualquier participación que a su criterio contravenga este reglamento o la buena fe. El Organizador se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan contra quien intente defraudar, alterar o manipular la Promoción.

Cláusula 16. De la modificación, suspensión y cancelación

El Organizador podrá modificar este reglamento durante la vigencia cuando ello beneficie a las personas participantes o mejore la transparencia de la Promoción, siempre que se mantenga el Premio ofrecido. Asimismo, podrá suspender o cancelar la Promoción, total o parcialmente, sin asumir responsabilidad civil, penal, contractual ni extracontractual, cuando medie caso fortuito, fuerza mayor, orden de autoridad competente, razones de seguridad o cualquier circunstancia ajena a su voluntad que impida su normal desarrollo, incluida la imposibilidad de realizar la Clase en la fecha prevista. Toda modificación, suspensión o cancelación se comunicará por los mismos medios por los que se divulgó la Promoción y regirá desde su publicación en el Sitio.

Cláusula 17. De la publicidad del reglamento y las consultas

Este reglamento se encuentra a disposición del público en el Sitio durante toda la vigencia de la Promoción y hasta [treinta (30)] días naturales después de la publicación de las Personas Ganadoras, y podrá remitirse en versión digital a la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. En caso de discrepancia entre la publicidad de la Promoción y este reglamento, prevalecerá este último. Las consultas se atenderán por los medios indicados en la cláusula 9.

Cláusula 18. De la legislación aplicable y la jurisdicción

Este reglamento se rige por las leyes de la República de Costa Rica, en especial por la Ley N.º 7472 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N.º 37899-MEIC, y por la Ley N.º 8968 y su Reglamento. Cualquier controversia derivada de la Promoción se someterá a los tribunales de justicia de la República de Costa Rica, sin perjuicio del derecho de la persona consumidora de acudir a la Comisión Nacional del Consumidor.

Cláusula 19. De la aceptación

El Registro en la Promoción implica el conocimiento y la aceptación íntegra de este reglamento. La aceptación del Premio ratifica esa conformidad. Los títulos de las cláusulas son solo de referencia y no limitan su contenido.

Emitido en [ciudad], Costa Rica, el [día] de [mes] de 2026.